Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Regulación de la circulación de vehículos

¿Cuál es el periodo de aplicación?

Del 1 de junio al 30 de septiembre del año 2024 (ambos incluidos).

¿A quién afecta?

A todos los vehículos de motor que accedan en la isla, circulen y estacionen en la vía pública.

¿Qué tengo que hacer para circular por Formentera durante el periodo de regulación?

Solicitar tu autorización mediante la página web www.formentera.eco.

¿Los residentes también tienen que solicitar la autorización?

Sí. Los residentes deben solicitar la autorización para cada vehículo del cual sean titulares. Los residentes no están sujetos al techo de vehículos.

Solo en el caso de los vehículos que tengan autorización en vigor para aparcar en la zona azul no será necesario solicitar la autorización, puesto que estos vehículos serán incluidos por defecto en el listado de vehículos autorizados para circular.

¿Qué vehículos quedan regulados en número durante el periodo de aplicación de la medida?

Los vehículos de uso particular de visitantes y los vehículos de alquiler.

¿Qué vehículos quedan exceptuados de la regulación?

Vehículos de personas residentes en Formentera

  • Vehículos de personas propietarias de una segunda residencia en Formentera (solo 1 vehículo por propietario)
  • Vehículos de personas residentes en Ibiza que trabajan en Formentera
  • Vehículos de personas con movilidad reducida
  • Vehículos de empresas radicadas en Formentera
  • Vehículos de empresas de transporte de mercancías
  • Vehículos oficiales y de servicio público
  • Vehículos de servicios de interés público
  • Vehículos industriales
  • Vehículos históricos asociados a clubes de vehículos clásicos
  • Una vez las cuotas estén agotadas, vehículos destinados al uso particular los titulares de los cuales dispongan de una reserva, de alojamiento en la isla y/o barco con destino en Formentera, previa al 9 de marzo (fecha de publicación de la regulación al BOIB)
¿Cuántos de vehículos pueden circular?

Pueden circular por la isla un máximo de 10.458 vehículos.

Las cuotas por las diferentes categorías de vehículos son:

  • Vehículos destinados al uso particular:
    • Cuota para turismos: 1.805
    • Cuota para motos: 182
    • Cuota para quads: 0
    • Cuota para caravanas y autocaravanas: 0
  • Vehículos destinados al uso particular por personas residentes en la isla de Ibiza:
    • Cuota para turismos: 220
    • Cuota para motos: 20
    • Cuota para quads: 0
    • Cuota para caravanas y autocaravanas: 0
  • Vehículos destinados a la actividad de alquiler sin conductor:
    • Cuota para turismos: 2.268
    • Cuota para motos: 5.880
    • Cuota para quads: 0
    • Cuota para caravanas y autocaravanas: 0
¿Por qué motivo no se permite la circulación de quads?

No se permite la circulación de estos tipos de vehículos por los daños que ocasionan en la red viaria de Formentera, especialmente a los caminos de tierra y siendo las vías de estas características las mayoritarias en la isla.

¿Por qué motivo no se permite la circulación de caravanas y autocaravanas?

Por estar el camping prohibido en Formentera y no disponer la isla de espacios habilitados para esta actividad.

¿Por qué motivo se ha pagado tasa?

Para sufragar parcialmente los gastos derivados de la tramitación y el control de las autorizaciones de circulación.

¿Cuál es el importe de la tasa?

6,00€/día para turismos con un importe mínimo de 30,00€ y 3,00€/día para motos con un importe mínimo de 15,00€.

¿Quién tiene que abonar la tasa?

Los visitantes no residentes en las Illes Balears que sean titulares de vehículos térmicos (de gasolina, diésel o GLP).

En el caso de visitantes no residentes en las Islas Baleares que sean titulares de vehículos híbridos tendrán la tasa bonificada al 50%.

¿Quién está exento del pago de la tasa?

Están exentos de abonar la tasa las siguientes categorías de vehículos:

  • Vehículos eléctricos
  • Vehículos de personas residentes en las Islas Baleares
  • Vehículos de personas propietarias de una segunda residencia en Formentera (1 vehiculo por propietario)
  • Vehículos de personas con movilidad reducida
  • Vehículos destinados a la actividad de alquiler sin conductor que dispongan de autorización para circular
  • Vehículos de empresas radicadas en Formentera
  • Vehículos de empresas de distribución comercial
  • Vehículos oficiales y de servicio público
  • Vehículos de servicios de interés público
  • Vehículos industriales
  • Vehículos históricos asociados a clubes de vehículos clásicos
  • Vehículos destinados al uso particular de personas no residentes en Formentera que dispongan de un contrato de trabajo en Formentera. La bonificación será de aplicación durante la vigencia del contrato laboral.
¿Tienen que abonar la tasa los vehículos eléctricos?

No, los vehículos eléctricos están bonificados al 100%.

¿Tienen que abonar la tasa los vehículos híbridos?

Sí, pero los vehículos híbridos disponen de una bonificación del 50%.

¿Tengo que imprimir la autorización para circular?

No es necesario, puesto que el control se realizará mediante la matrícula de los vehículos.

¿Cómo se realizará el control de circulación?

Mediante lectura de la matrícula de los vehículos, por parte de la Policía Local, de los agentes de control del servicio de estacionamiento regulado y de las cámaras instaladas en las vías públicas de Formentera

¿Qué tengo que hacer si una vez en la isla quiero alargar mi estancia con vehículo?

Solicitar una nueva autorización por el resto de días, mediante la página web www.formentera.eco.

¿Qué pasa si ya tenía mi reserva hecha antes de que la normativa entrará en vigor?

Todas las personas que dispongan de una reserva, de alojamiento en la isla o de viaje con el vehículo y destino en Formentera, antes de que la normativa entrara en vigor este 8 de febrero de 2024, podrán entrar en la isla a pesar de que la cuota esté completa.

Al final del proceso de tramitación, en caso de que la cuota esté agotada, el usuario que disponga de reserva previa podrá realizar la solicitud copia de dicha reserva y abonando la tasa correspondiente

¿Qué tengo que hacer si tengo que cambiar el vehículo en el que he de venir?

Teneis que escribir un correo a esmenes@formentera.eco y tiene que adjuntar el permiso de circulación del vehículo con el que finalment vendreis.

¿Qué tengo que hacer si pienso que he sido multado por la lei de sostenibilidad?

Teneis que consultar los listado de propuestas de sanción y buscar la matrícula de vuestro vehículo

¿Ya lo han tramitado?

Comprueben si su autorización de entrada, circulación y
estacionamiento está en vigor.

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(Laborables de lunes a viernes de 9 a 14 horas)
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