Del 1 de junio al 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos.
Todos los vehículos a motor que deseen acceder, circular o estacionar en vías públicas de Formentera durante el período regulado.
No. Los vehículos propiedad de personas físicas o jurídicas residentes en Formentera que tributen el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica en la isla, o que estén dados de alta en el sistema de estacionamiento regulado (zona azul), se incorporan automáticamente a la plataforma de autorizaciones sin necesidad de gestión por parte del titular.
A través del buscador de matrículas disponible en www.formentera.eco.
Porque causan daños en los caminos no asfaltados y en el entorno natural de la isla.
Porque el camping está prohibido y la isla no dispone de espacios habilitados para estos vehículos.
Puedes consultar la ocupación de los vehículos autorizados en Formentera a través del portal oficial www.formentera.eco en el apartado de ocupación.
Para cubrir los costos de gestión, tramitación y control de la regulación.
Junio y septiembre:
Están exentos de abonar la tasa las siguientes categorías de vehículos:
Por correo electrónico. Se recomienda revisar la bandeja de entrada hasta recibir la confirmación de aceptación.
No. El control se realiza mediante lectura automática de matrícula y controles aleatorios.
No es necesario, ya que el control se realizará mediante la matrícula del vehículo.
Debes tramitar una nueva autorización con la matrícula correcta, los cambios no están permitidos.
Solo se autorizarán vehículos con reserva confirmada previa a la fecha de aprobación de la cuota, que para este año es el 27 de febrero de 2025.
En caso de imponerse una sanción, la persona interesada será notificada individualmente por la vía administrativa correspondiente, de acuerdo con la normativa vigente.
Las alegaciones o los recursos deben presentarse a través del Registro Electrónico General (REG), con el código DIR3 A04013587 (Agencia Tributaria de las Illes Balears).